sábado, 25 de abril de 2020

ABUSOS POLICIALES


Leo en un despreciable panfleto propagandístico y manipulador de la izquierda (eldiario.es) la siguiente noticia: Decenas de curas (y algún obispo) se saltan el confinamiento y celebran misas 'clandestinas' con presencia de fieles. El periodista que firma se llama Jesús Bastante, y su segundo apellido le pega que sea “sinvergüenza”.

Yo no sé si son cientos o no los sacerdotes que en estos días han celebrado cultos con asistencia de algunos fieles, pero conviene aclarar de una vez por todas  que en cualquier caso no estaban cometiendo ninguna ilegalidad.

El art 11 del RD 463/2020 por el que se declaró el estado de alarma el pasado 14 de marzo permite  expresamente  La asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, condicionadas a que se eviten aglomeraciones y se tomen medidas para asegurar distancias mínimas entre los asistentes. Esta disposición no se ha visto alterada en los posteriores reales decretos de prórroga del estado de alarma, ni en los numerosos decretos leyes que se han ido promulgando en esta situación.

Algún enterado ha argumentado que la infracción deriva de que el desplazamiento para ir al culto no está contemplado como excepción en el art 7, que limita la circulación por vías de uso público. Evidentemente las normas jurídicas no siempre son comprensibles por personas carentes de preparación, pero cualquiera que sepa mínimamente de esto podrá entender, primero, que el listado de excepciones del art 7 no es un “numerus clausus”, porque precisamente en su último aparatado contempla los desplazamientos ocasionados por “cualquier otra actividad de análoga naturaleza”, y segundo, si existe una norma especial relativa al culto que permite la asistencia está claro que ello implica también la posibilidad de desplazamiento por la vía pública a tal fin, teniendo en cuenta además que estamos hablando de limitaciones de derechos fundamentales que han de ser interpretadas con un criterio restrictivo de la limitación y favorable al ejercicio del derecho y no expansivo de la prohibición de salir de casa. Y todo esto sin entrar en la dudosa legalidad de las medidas adoptadas al amparo de un estado de alarma, que más bien es de excepción.

A pesar de ello, en algunas diócesis, entre ellas la de Sevilla, por prudencia y no sé si con buen criterio, se ha ordenado el cierre de iglesias y la suspensión de celebraciones con fieles. Por lo tanto la actual limitación en cuanto al culto es más una autolimitación que una limitación impuesta por la ley, absolutamente inexistente.

Así las cosas, sin embargo todos hemos podido ver en estos días en los medios y redes sociales intervenciones policiales (en Sevilla, en Granada, en Madrid…) que han interrumpido algunas de las escasas misas con asistencia de fieles que se han celebrado. Constituyen sin duda abusos de poder carentes de cualquier cobertura legal sobre los que espero se diluciden responsabilidades en los tribunales habida cuenta de su posible encaje en algunos tipos penales. Otra cosa será que se opte por poner la otra mejilla, pero no porque falten argumentos jurídicos.

En cuanto a los panfletos de la izquierda como el tal “eldiario.es”, es una lástima que no se editen en papel impreso, porque podían servir muy bien como sustitutos del papel higiénico, que tanto escaseó en los primeros días de la alarma.

2 comentarios:

  1. Creo q en el segundo apellido has sido muy generoso con ese bellaco. Tu comentario aclaratorio y tu opinión acertadísimos.

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  2. ¿Y qué dicen de los islamistas que por decenas -de rodillas y pegaditos- están en las muchas azoteas o en medio de calle, como en El Vendrell (Tarragona) celebrando el Ramadán en plena vía pública, ante la Policía local asistiendo como observadora? Para satisfacción de ellos, además, los ha felicitado la ministra.

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